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Entre, RICHARD ALEXANDER RONDON SIFONTES, mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-12.504.326, con R.I.F Nº V125043268, y de este domicilio, quien en lo sucesivo y a los efectos de este contrato se denominara EL ARRENDADOR, por una parte; Y por la otra, COOPERATIVA DIMENSIÓN R.L, registrada por ante la Oficina de Registro Publico Subalterno de la ciudad de Anaco del Estado Anzoategui, en fecha 12 de Enero de 2007quedando anotada bajo el Nº 29, Folios 193 al 302, Tomo Primero del Primer Trimestre de ese Año.  Representada en este acto por la ciudadana  YULIMAR JOSEFINA BRITO ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.665.476, con R.I.F Nº V16665476, y de este domicilio. Quien en lo sucesivo se denominará EL ARRENDATARIO, se ha convenido celebrar el presente Contrato de Arrendamiento que se regirá bajo las siguientes clausulas:-------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERO: OBJETO DEL CONTRATO. EL ARRENDADOR de en arrendamiento a EL ARRENDADOR, TRES (03) unidades vehiculares de su legitima propiedad cuyas características son las siguientes: PRIMERA UNIDAD: PLACA: A35AU98; MARCA: JAC, MODELO HFC1061K, AÑO: 2014, SERIAL DE CARROCERIA: 8XR2KBEL9EU002361, SERIAL DE MOTOR: 87474298, CLASE: CAMION, USO: CARGA, COLOR: BLANCO. Cuya propiedad se evidencia de Certificado de Origen Nº de control: CA-043307. SEGUNDA UNIDAD:  PLACA: A35AU98; MARCA: JAC, MODELO HFC1061K, AÑO: 2014, SERIAL DE CARROCERIA: 8XR2KBEL9EU002361, SERIAL DE MOTOR: 87474298, CLASE: CAMION, USO: CARGA, COLOR: BLANCO. Cuya propiedad se evidencia de Certificado de Origen Nº de control: CA-043307. TERCERA UNIDAD: PLACA: A35AU98; MARCA: JAC, MODELO HFC1061K, AÑO: 2014, SERIAL DE CARROCERIA: 8XR2KBEL9EU002361, SERIAL DE MOTOR: 87474298, CLASE: CAMION, USO: CARGA, COLOR: BLANCO. Cuya propiedad se evidencia de Certificado de Origen Nº de control: CA-043307.--------------------------------------------------------


SEGUNDA: CANON DE ARRENDAMIENTO. El Canón de Arrendamiento mensual se ha convenido en la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS 15.000,00), EL ARRENDATARIO deberá Depositar esta cantidad en la Cuanta de EL ARRENDADOR del Banco Mercantil Nº 0105-0879-7679-7959298 durante los Cinco (5) primeros días de cada mes.--------------------------------------------

TERCERA: CONSERVACION Y MANTENIMIENTO: EL ARRENDATARIO declara recibir las unidades en perfecto estado de uso, y  de igual manera se compromete a devolver las unidades al finalizar el contrato en perfecto estado de uso, en que las recibió. EL ARRENDADOR podrá inspeccionar de forma periódica el estado de las unidades directamente o por intermedio de terceras personas, debidamente autorizadas.------------------------------------------------------------------------

CUARTA: DESTINO DE LAS UNIDADES: Las TRES (3) unidades vehiculares se utilizarán exclusivamente para transporte de trabajadores . Ahora bien, cualquier tipo de accidente o daños causados  con las unidades descritas en este contrato, serán única y exclusiva responsabilidad de EL ARRENDATARIO.----------------------------

QUINTA: Queda entendido que la falta de cumplimiento en el pago de dos (2) mensualidades consecutivas de arrendamiento, dará derecho a EL ARRENDADOR  a solicitar la RESOLUCION JUDICIAL DEL PRESENTE CONTRATO, y la ENTREGA MATERIAL DE LAS UNIDADES VEHICULARES.  Con el pago de las mensualidades de arrendamiento vencidas o por vencerse, y los daños y perjuicios causados que hubiere a lugar.-------------------------------------------------------------------

SEXTA: GARANTIA: EL ARRENDATARIO a los fines de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones aquí asumidas y las que puedan derivar de este contrato, entrega a EL ARRENDADOR la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS 30.000,00) por concepto de DEPOSITO. Sin que este pueda imputársele a las mensualidades vencidas o por vencerse.  Finalizado el Contrato y desocupadas las unidades vehiculares, a plena satisfacción de EL ARRENDADOR, el DEPÓSITO se devolverá en el lapso de Quince días a EL ARRENDATARIO.-----------------------------------------------------------------------------

SEPTIMA: DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia de SIETE MESES fijos contados a partir del 27/11/2021 al 27/06/2022.----------------------------------------

OCTAVA: DOMICILIO. Las partes eligen como domicilio especial la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui, a cuya jurisdicción declaran someterse las partes. Se hacen dos (2) Ejemplares a un mismo tenor y efecto. A la fecha de su presentación.




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